La LUC y los milicos
Una opinión personal
Hoy día sigue la polémica en torno a si se cuestiona a la LUC en forma TOTAL o PARCIAL en en un referéndum. Voy a referirme a algunos de sus artículos.
El artículo 111 de la LUC establece en forma genérica (salvo situaciones extremas en que sería disparatado) el derecho de porte de armas por retirados militares.
Se ha difundido una lista de artículos en que se detalla en dos apartados los artículos de los que se impulsa la derogación, o bien la conservación, por parte de distintas organizaciones. Un subtítulo habla de artículos a "refrendar". Se usa esa palabra exactamente al revés de lo quiere decir, que es: "Dar validez a un documento por medio de la firma de una persona autorizada... Manifestar públicamente la aprobación de algo o alguien".
Refrendar es aprobar, pero aquí se puede deducir del contexto que se usa al revés, es lo que se quiere derogar. No es la única cosa que está totalmente al revés en este tema.
Ese artículo no aparece ni entre lo cuestionado ni tampoco en lo que se lo quiere conservar. Como no se ha planteado derogarlo, se lo mantiene. Lo que no se plantea derogar se mantiene. Como no se ha planteado conservarlo, no hay nadie que lo defienda. Pero se lo mantiene. Mi posición personal es esta:
1) Estoy contra cualquier extensión del porte de armas por particulares.
2) Los retirados militares están retirados. No tienen por qué portar armas.
3) El argumento de que pueden ser llamados a combate en una posible guerra es una estupidez, porque: a) no va a haber ninguna guerra, b) si la llegare a haber, el tipo no va a ir a la guerra por su cuenta con esa arma. Eso no se lo puede creer nadie.
4) Pero lo fundamental es otra cosa, y quiero detenerme en eso. Se habla ahora de que los milicos jóvenes no tienen nada que ver con el "pasado reciente" y "cargan la mochila". Yo no comparto para nada eso, pero hay algo mucho más importante.
LOS RETIRADOS MILITARES SON PRECISAMENTE LOS MILICOS DEL PROCESO. No son de estos jóvenes que, supuestamente, no tuvieron nada que ver. No cargan la mochila porque evadieron la justicia. Porte de armas para ellos es porte de armas para LOS MILICOS DE LA DICTADURA. Se les habilita a andar armados por la calle a ellos, a los criminales lesa humanidad.
Hay muchos otros aspectos en la LUC que dan alas a los militares, que alimentan el huevo de la serpiente. Yo estoy contra TODA la LUC y esa discusión artículo por artículo me parece un desgaste innecesario, porque:
1) Importa el contenido primordial de la LUC, que es duramente regresiva.
2) Si hubiere (yo no veo) algo positivo, el camino no es meterlo en esta ley ómnibus avasallante, sino desglosarlo y justificarlo por su lado, y discutirlo democráticamente.
Pero la discusión de algunos artículos demostrativos de lo que es, y que además los quieren pasar por el moño, es muy importante para evitar esa maniobra.
De la sección "Secretaria de Inteligencia del Estado", o sea el huevo mismo de la serpiente del Estado proto-fascista, el PIT-CNT cuestiona solamente tres artículos de nueve: 118, 125 y 126. No dice nada, y nadie ha dicho nada, del artículo 119 que incluye a los milicos en una función de "Inteligencia" que es la VIGILANCIA SOBRE LA PROPIA SOCIEDAD CIVIL. No una "Defensa" de agresiones extranjeras, sino una defensa del poder que se defiende de la actividad civil se los propios ciudadanos, un Estado dentro de otro Estado como son estas fuerzas armadas que siguen teniendo un servicio de espionaje sobre la vida civil de los ciudadanos, como ya se ha visto. Esta ley la consagra, y sobre eso, los de la "parcial" ni palabra.
Dejar pasar esto iría contra todos los principios que hemos sostenido.
Porque aquí como en aquel tema memorable de Les Luthiers. ¿Vigilar "con los solados"? "Rectifico. A los soldados".